A su vez, enunciaron los fundamentos que llevaron a adoptar las medidas legales que se enmarcan en la reglamentación aplicable al caso.
En relación a las declaraciones vertidas en un medio local, por el delegado local del gremio ATE, Carlos Villasanti, acerca de la suspensión de funciones a una residente del Hospital de la Madre y el Niño, desde el Ministerio de Desarrollo Humano dieron a conocer sobre el procedimiento administrativo que se lleva adelante desde ese organismo.
De ese modo, en referencia al reclamo difundido por la entidad gremial, desde la Dirección Legal y Técnica de la esfera de salud provincial informaron que las medidas adoptadas, como consecuencia del hecho que involucra a la agente, “se dieron en el marco de un sumario administrativo, con motivos fundados y habiéndose otorgado a la residente el acceso al expediente conformado”.
Ampliaron, asimismo, que la empleada no solo tomó vista “de manera personal sobre dicho expediente, conforme las constancias obrantes”, sino que además “en ejercicio de su derecho de defensa, realizó su descargo por escrito, dentro del plazo previsto por la normativa aplicable a los residentes”.
Sobre lo anterior, agregaron también que, de acuerdo a lo publicado en el conocido diario local, Villasanti falta a la verdad cuando dice que “lo extraño del caso es que nuestro abogado se acercó para interiorizarse del problema y se le negó el expediente”, ya que los expedientes en trámite “se encuentran a disposición de las partes, hasta que los mismos se elevan para el dictado del acto administrativo de clausura o de cierre”, explicaron.
Y agregaron que, en particular, “en este caso, lo que ocurrió fue que un profesional del derecho se presentó solicitando el expediente y ante ese accionar, se le dio a conocer la situación procesal del mismo”.
Para cerrar, señalaron que en lo que respecta a los dichos expresados por el representante legal sobre los plazos de suspensión “el proceso sumarial se encuentra dentro de los términos previstos, acorde a la normativa que se aplica para mantener dicha medida y para el dictado de la resolución definitiva”.