Defensa al Consumidor tiene facultades para fiscalizar y aplicar medidas preventivas sobre cualquier comercio amparada por la Ley 1480

Consideró inadmisible que cualquier negocio comercialice mercaderías vencidas e interrogó los intereses de quienes defienden “aquellos que se rasgan las vestiduras y atacan el accionar” de la Subsecretaría a su cargo.

Edgar Pérez ratificó que la Ley Provincial 1.480 de procedimiento administrativo para la defensa de los derechos del consumidor y usuario faculta a la Subsecretaría a su cargo para clausurar comercios, entre ellos farmacias que tengan a la venta mercaderías y medicamentos vencidos.

El funcionario actualmente a cargo de la Subsecretaría de Defensa al Consumidor y del Usuario cuestionó duramente a aquellos que defienden los intereses de algunos empresarios y propietarios de farmacias en detrimento de la salud de los formoseños, en el marco de una pandemia mundial por Coronavirus, de la que Formosa se mantiene sin casos hasta el momento.

Dijo Pérez que hasta el momento los inspectores del organismo visitaron veinte farmacias, que no solo venden medicamentos, sino mercadería de almacén. Se mostró sorprendido porque en uno de ellos detectaron 130 medicamentos de venta libre, en góndola, fuera de la fecha de vencimiento.

En uno de los casos, el organismo aplicó la ley y dispuso la clausura preventiva por 24 horas del local comercial (farmacia) por atentar contra la salud de la población.

“En un local no vimos autorización municipal ni del Ministerio de Desarrollo Humano para hacerlo. La Subsecretaría de Defensa al Consumidor mal que les pese a muchos es la autoridad de aplicación, y cualquier opinión que hagan al respecto, lo hacen desde el desconocimiento o la ignorancia” consideró.

“Lo que no podemos admitir es que en éste o algún otro local se comercialice mercaderías vencidas. Aquellos que se rasgan las vestiduras defendiendo intereses de algunos malos comerciantes del rubro, diciendo que se los ataca y que no tenemos derecho siquiera a trasponer la puerta para ver qué pasa allí adentro, también deberían reflexionar qué es lo de que defendemos”, cuestionó Pérez.

Aseguró que desde el Gobierno provincial está clara la defensa de la salud de los ciudadanos, y se preguntó a qué intereses representan quienes defienden a los comerciantes que “venden mercaderías y medicamentos vencidos”.

Una vez más Pérez se interrogó: “¿Le venderían medicamentos vencidos a sus familiares? Nos ponemos en lugar de ése formoseño al que le decimos que compre cerca de su casa para no poner en riesgo su salud. Me parece que no, más aun teniendo una ley que nos faculta para intervenir”.

Qué dice la Ley provincial y la Ley nacional

La Ley provincial 1.480 establece el procedimiento administrativo para la defensa de los usuarios, derechos reconocidos por la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y las leyes nacionales de defensa al consumidor y de lealtad comercial.

En tanto, la Ley N°24.240 (de Defensa del Consumidor) establece que la autoridad local de aplicación -en Formosa la Subsecretaría de Defensa al Consumidor-, podrá ejecutar los procedimientos, juzgamientos y sanción de infracciones detectadas, además de solicitar informes y antecedentes que juzguen necesarios, a comercios, empresas o entidades oficiales y privadas.